EL DIARIO DIGITAL DE LOS ALBARDONEROS

Colegios privados de San Juan podrán aumentar sus cuotas hasta un 7,22% desde agosto

Las instituciones de gestión privada de la provincia fueron autorizadas a actualizar sus aranceles a partir de este mes. Cada colegio podrá definir el porcentaje de incremento, aunque no podrá superar el límite establecido por Educación Privada.

64

Los colegios privados de San Juan quedaron habilitados para aplicar una nueva actualización en el valor de sus cuotas. El incremento podrá comenzar a regir con los aranceles correspondientes a agosto y tendrá un tope máximo del 7,22%.

La autorización fue establecida mediante la Disposición N.º 216-DEP-2026, emitida el 10 de agosto por la Dirección de Educación Privada. La medida alcanza a los establecimientos públicos de gestión privada que forman parte de la Enseñanza Oficial.

El porcentaje fijado funciona como un límite y no implica que todas las instituciones deban aplicar el mismo aumento. Cada colegio podrá establecer el ajuste que considere correspondiente, siempre que no supere el 7,22% autorizado.

Para determinar el nuevo valor, la normativa establece que se deberá tomar como referencia el arancel vigente en mayo de 2026, sobre el cual podrá aplicarse el porcentaje de actualización permitido.

Además, aquellos establecimientos que utilicen solo una parte del porcentaje autorizado no podrán guardar el saldo restante para futuros aumentos. Es decir, la diferencia que no sea aplicada quedará sin efecto y no podrá acumularse posteriormente.

El nuevo límite fue determinado a partir del IPADEP San Juan N.º 24, correspondiente al segundo trimestre de 2026. Este indicador es elaborado por el Instituto de Investigaciones Económicas y Estadísticas y contempla diferentes variables vinculadas con la estructura de costos de la educación privada.

Entre los factores considerados se encuentran la evolución del salario de un cargo docente testigo con antigüedad, el comportamiento del Índice de Precios al Consumidor (IPC) de San Juan y la variación del Coeficiente de Variación Salarial (CVS) nacional.

Los establecimientos que decidan modificar sus cuotas deberán comunicar formalmente los nuevos valores a la Dirección de Educación Privada. Para ello tendrán plazo hasta el 31 de agosto y deberán presentar una declaración jurada, tanto en formato digital como en papel, con el detalle de los aranceles anteriores y los nuevos montos.

COMENTARIOS