Violencia de género en San Juan: el valor de las pruebas testimoniales para romper el pacto de silencio en la pareja
Un fiscal de Flagrancia imputó de oficio a un detenido en Rivadavia valorando el testimonio de los testigos y los informes de CAVIG. Destacan la necesidad de intervenir de forma estatal ante el desamparo y los ciclos de adicciones.
El funcionamiento del sistema judicial sanjuanino frente a los casos de violencia intrafamiliar sumó un importante precedente doctrinario en las últimas horas en el fuero de Flagrancia. La Justicia determinó que la falta de voluntad o el temor de una víctima para instar la acción penal no es un impedimento insalvable para encarcelar a un agresor cuando existen pruebas materiales y testigos directos del maltrato.
El dictamen recayó sobre Carlos Matías Olivares Quintero, quien continuará detenido en los calabozos policiales bajo la medida de prisión preventiva. Su defensa técnica solicitó la desestimación del legajo amparándose en la postura de la mujer de no radicar la denuncia, pero el juez Ricardo Grossi convalidó el criterio de la Fiscalía al entender que el Estado no puede ser un espectador pasivo ante situaciones de sometimiento manifiesto.
El informe de CAVIG y el ciclo de la violencia
La decisión de la Unidad Fiscal de avanzar con la investigación penal preparatoria se apoyó en un exhaustivo análisis interdisciplinario realizado en el Centro de Abordaje de Violencia Intrafamiliar y de Género (UFI CAVIG). En las entrevistas preliminares, los profesionales detectaron que la damnificada se encuentra inmersa en un severo ciclo de violencia crónica, fuertemente condicionado por los consumos de drogas de su pareja.
-
La estrategia de la Fiscalía: Sustentó la acusación de oficio en la flagrancia del hecho, ya que el agresor golpeó a la mujer en la cabeza frente a los policías que acudieron al auxilio en el barrio Marquezado I.
-
Trazabilidad de testimonios: Se consideraron indispensables las declaraciones de la madre de la víctima (quien llamó al 911) y del hermano (quien puso el cuerpo para frenar la primera golpiza en la habitación).
-
Constatación científica: El informe médico forense arrojó heridas con 10 días de curación e incapacidad en el rostro y cráneo de la joven.
Este tipo de resoluciones judiciales busca enviar un mensaje claro a la sociedad y a las fuerzas de seguridad: ante las agresiones físicas evidentes dentro del hogar, la acción de la Justicia no se detiene aunque medie el perdón de la víctima, priorizando la preservación de la vida y el desarme de los entornos intrafamiliares de alta peligrosidad antes de que las consecuencias sean irreversibles. El debate final se fijó para el 18 de junio.
COMENTARIOS