IPV toma medidas drásticas con deudores de créditos para viviendas: Intimación a pagar en 10 días
El Instituto Provincial de la Vivienda (IPV) ha emitido una intimación a beneficiarios que solicitaron créditos para la construcción o ampliación de viviendas y no cumplieron con los pagos. Estos deudores tienen un plazo de 10 días hábiles, a partir de la publicación en el Boletín Oficial, para regularizar sus deudas, incluyendo cuotas vencidas e impagas, junto con los intereses correspondientes. De no cumplir con esta solicitud, el IPV tomará medidas drásticas para recuperar los montos adeudados. Más detalles a continuación.
El Instituto Provincial de la Vivienda (IPV) ha anunciado medidas contundentes dirigidas a los beneficiarios que previamente solicitaron créditos destinados a la construcción o ampliación de sus viviendas y que, hasta la fecha, no han cumplido con sus obligaciones de pago.
Según lo informado por el IPV, los deudores tienen un plazo de diez (10) días hábiles a partir de la publicación de la intimación en el Boletín Oficial para efectivizar el monto total adeudado, el cual incluye cuotas de amortización vencidas e impagas, así como los intereses correspondientes. Para llevar a cabo esta regularización de deudas, los deudores deben presentarse en el área de Administración y Gestión en la División Cobros del IPV.
La ubicación de esta oficina es en el entre piso norte del Centro Cívico, y su horario de atención es de 8 a 12.
El IPV ha dejado claro que, en caso de que los deudores no cumplan con esta intimación en el plazo estipulado, se tomarán medidas drásticas para asegurar la recuperación de los montos adeudados.
Estas acciones reflejan el compromiso del IPV en salvaguardar los recursos destinados a la construcción y mejora de viviendas en la provincia, así como en garantizar que los beneficiarios cumplan con sus responsabilidades financieras en el marco de estos programas de crédito.
Los deudores afectados por esta medida deben actuar con prontitud y ponerse en contacto con el IPV para resolver su situación antes de que venzan los diez días hábiles establecidos en la intimación oficial.

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