Caso Mattar: la Fiscalía no seguirá con la causa y la víctima deberá decidir si lo acusa por su cuenta
El Ministerio Público Fiscal aplicó un criterio de oportunidad en la causa por el accidente de tránsito ocurrido en marzo, en el que estuvo involucrado el juez de Faltas Enrique Mattar. El motociclista podrá continuar la acción penal por su cuenta dentro de un plazo de 60 días. Si no lo hace, se dispondrá el sobreseimiento del magistrado.
La causa judicial que involucra al juez de Faltas Enrique Mattar dio un nuevo giro. Tal como había trascendido anteriormente, la Fiscalía resolvió no continuar con la persecución penal por el siniestro vial ocurrido en marzo pasado, en el que un motociclista resultó con lesiones leves.
La decisión fue adoptada por el fiscal de la UFI Delitos Especiales, Roberto Ginsberg, quien consideró que, por las características de las lesiones y las circunstancias del episodio, el hecho no reviste una gravedad que justifique la continuidad de la acción penal pública.
En su resolución, el representante del Ministerio Público Fiscal calificó el episodio como de “mínima entidad o insignificancia” en relación con el interés público comprometido. No obstante, dejó abierta la posibilidad de que la presunta víctima continúe el proceso por la vía privada.
Un plazo de 60 días para continuar la causa
La resolución establece que el motociclista dispone de 60 días, contados desde la comunicación de la aplicación del criterio de oportunidad, para solicitar la conversión de la acción pública en privada. Esto significa que podrá impulsar personalmente la acusación contra Mattar y seguir el procedimiento previsto para este tipo de delitos.
Si ese plazo vence sin que se concrete esa instancia, corresponderá disponer el sobreseimiento del juez por el delito de lesiones culposas.
La medida fiscal se tomó luego de que venciera el período de investigación penal preparatoria, que había sido fijado en cuatro meses por el juez Matías Parrón, a pedido del fiscal Ginsberg.
Cómo ocurrió el accidente
El episodio se produjo en marzo y generó repercusiones debido a que el protagonista fue Mattar, funcionario judicial encargado de intervenir en infracciones de tránsito.
Según la acusación inicial, el magistrado habría cruzado un semáforo en rojo, impactado contra una motocicleta y continuado su marcha sin detenerse. Tras las primeras actuaciones, fue imputado por lesiones culposas leves.
De acuerdo con la investigación y el informe médico incorporado al expediente, el motociclista sufrió lesiones que le provocaron aproximadamente 10 días de incapacidad.
La defensa pidió que no se avance penalmente
Durante el proceso, la defensa de Mattar, encabezada por el abogado Mario Padilla, solicitó que se aplicara un criterio de oportunidad, una herramienta legal que permite prescindir de la persecución penal en determinados casos, bajo las condiciones establecidas por la normativa vigente.
Previamente, el magistrado habría ofrecido en dos oportunidades una reparación integral del daño a la presunta víctima, mediante una compensación económica. Sin embargo, esos intentos de acuerdo no prosperaron.
La defensa también fundamentó su planteo en otros antecedentes en los que la Fiscalía decidió no impulsar causas por accidentes de tránsito, incluso en situaciones que habían provocado lesiones de mayor entidad.
Entre los casos mencionados se encontraban siniestros con fracturas y lesiones que demandaron períodos de recuperación superiores. En ese contexto, la defensa sostuvo que el episodio protagonizado por Mattar debía recibir un tratamiento similar.
Los argumentos de la Fiscalía
Al fundamentar su decisión, Ginsberg señaló que las lesiones constatadas, la ausencia de elementos que evidenciaran una imprudencia grave en la conducción y las circunstancias del hecho justificaban la aplicación del criterio de oportunidad.
La resolución también hizo referencia a que Mattar contaba con una póliza de seguro vigente al momento del accidente.
Con estos argumentos, la Fiscalía resolvió no continuar con la acción penal pública. Sin embargo, la decisión no impide que la presunta víctima intente llevar adelante la acusación por su cuenta dentro del plazo establecido.
Por ahora, el futuro judicial del magistrado dependerá de lo que resuelva el motociclista afectado. Si decide no impulsar la acción privada dentro de los 60 días previstos, la causa quedará encaminada al sobreseimiento de Mattar por el delito de lesiones culposas.
COMENTARIOS